29/03/2005

MONOTRIBUTO PAGOS A MONOTRIBUTISTAS MEDIANTE TRANSFERENCIA BANCARIA DECRETO Nº 228/2005 - Administración Federal de Ingresos Públicos -

El Poder Ejecutivo Nacional por el presente Decreto faculta a la AFIP a establecer procedimientos para identificar a los beneficiarios de los reintegros parciales del costo insumido por adoptar el sistema de pago de transferencias bancarias. Recordemos que por medio de la Ley Nº 25.921 se obliga a los monotributistas que realizan venta de cosas muebles a consumidores finales o prestan servicios de consumo masivo a aceptar como medio de pago las transferencias bancarias originadas en el pago con las tarjetas magnéticas otorgadas a los beneficiarios de los planes sociales. Como contrapartida de esta obligación se les reintegrara a los monotributistas parcialmente en forma mensual el costo que les insuma adoptar el sistema quedando a cargo del Ministerio de Economía determinar un monto fijo por tal concepto y los fondos necesarios para tal fin se detraerán de la cuenta recaudadora del IVA.

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