23/05/2002

La AFIP instrumentó la exclusión de los CBU publicados de Bancos suspendidos parcial o totalmente por el BCRA - Res. Gral. - AFIP - N° 1.284

Esta resolución establece que aquellos operadores que se encuentren en el Registro (R.G - AFIP - N° 991) con un CBU que corresponda a cuenta bancaria de Instituciones financieras que han sido suspendidas parcial o totalmente por el BCRA, serán excluidos del Registro por la AFIP, -en combinación con el BCRA-, con efectos a partir de la publicación de la Nómina de exclusiones, e imponiéndoles a los compradores finales la suspensión de las transferencias o depósitos del IVA (9%) hasta tanto el operador comunique el nuevo CBU, el que deberá estar publicado por la AFIP en el B.O., disponiendo -el comprador final- de TRES (3) días hábiles administrativos, contados a partir de la nueva publicación para remitir el IVA pendiente de pago. - La Sociedad mantuvo conversación con la AFIP - Buenos Aires - y estamos en condiciones de advertir: A) Que tanto los bancos Bisel S.A , Suquia S.A y Entre Ríos S.A NO CONFORMARIÁN EL GRUPO DE BANCOS SUSPENDIDOS, por lo que no debemos esperar una lista de exclusiones de los CBU de las mencionadas Instituciones; ERGO, se podrá cambiar los CBU de dichos bancos , pero el trámite es el normal y acostumbrado. ADVIERTASE QUE TODA SOLICITUD AL COMPRADOR FINAL DE SUSPENSIÓN DEL PAGO O TRANSFERENCIA DEL 9 % QUE CORRESPONDA A UNA INSTITUCIÓN NO SUSPENDIDA PODRÍA DESEMBOCAR EN UNA RETENCION TOTAL (21%) DE LA OPERACIÓN SUBYACENTE. (Ver último párrafo, Art. 45 y 4º párrafo Art. 39, RG 991) - B) Es evidente que ante este escenario la AFIP expone que la problemática actual de esos bancos, que NO están explícitamente suspendidos se convierte en un problema que excede a las atribuciones del Organismo Fiscal, por lo que los inconvenientes de falta de clearing o acreditaciones en tiempo y forma constituyen un problema a resolver con BCRA o Banco Nación hoy. - C) Sí se nos confirmo que los Bancos: General de Negocios S.A Y Skotiabank Quilmes S.A. serán excluidos del mencionado registro por encontrarse suspendidos por el BCRA. - D) Por último la / las nóminas de exclusión referidas a la RG 1284 harán mención específica a lo normado en dicha disposición, por lo que las demás publicaciones serán siempre las de trámite normal

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