04/06/2002

Impuestos a los débitos y créditos bancarios: Por Decreto N° 920/02 de la Nación se determinan nuevas alícuotas para ciertas operaciones bancarias.

El Gobierno Nacional rebajo la alícuota del impuesto al cheque al 0,50 por mil para créditos y débitos de cuentas corrientes , cuando la transferencia se destine a colocar fondos a plazos fijos , compras de letras emitida por el Banco Central (B.C.R.A.) u otro título del mercado. La reducción al 0,5 por mil solo beneficia entonces a quienes coloquen los fondos de una misma cuenta corriente en un plazo fijo abierto en la misma Entidad bancaria y restituyan a su vencimiento el ciento por ciento de esos dineros a la cuenta original. Idéntico requisito se exigirá a quienes compren Letras del BCRA (Lebac).

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