07/10/2003

IMPUESTO SOBRE LOS BIENES PERSONALES PARTICIPACIONES SOCIALES. MEDIANTE NORMA ADECUADA, LA AFIP CONFIRMA PRORROGA Y NUEVO APLICATIVO RESOLUCIÓN GENERAL Nº 1.569 AFIP

El 29/9/03, es decir el mismo día que ocurría el vencimiento, la AFIP mediante comunicado de prensa extendió el plazo de presentación de la declaración jurada y el respectivo disquete hasta el 31/10/03, con relación a la obligación que las sociedades regidas por la ley 19.550 deben cumplir respecto de las participaciones sociales y tenencias accionarias. Asimismo informaba que los responsables que no hubieran cumplido con la presentación de la declaración jurada y el respectivo disquete, deben utilizar el programa aplicativo denominado "Bienes Personales - Acciones y Participaciones Societarias - Versión 2.0", cuando deban exteriorizar alguna de las siguientes situaciones: a) Sean establecimientos estables cuya titularidad pertenezca a sociedades extranjeras; b) Hayan efectuado pagos a cuenta que generen saldo a favor del contribuyente; c) Informen fracciones de acciones o participaciones o d) Detallen a nivel de accionista o socio, montos destinados a aportes irrevocables de capital. Ahora, el ente recaudador confirma todo lo comunicado por el medio idóneo, dictando la RG 1.569 y ratificando que el aplicativo se pondrá a disposición el 8/10/03 en la página web del organismo.

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  • 343-Az-BO-ResGral1569-ImpBienesPersonales-07-10-03.pdf Descargar