10/09/2002

IMPUESTO: Resolución General Nº 1.339 - GANANCIAS. TRANSACCIONES INTERNACIONALES. FLEXIBILIZACIÓN DE LOS REQUISITOS DE INFORMACIÓN

Se flexibilizan los requisitos para la presentación de la información de transacciones internacionales con relación a los precios de transferencia que deben cumplimentar los sujetos que efectúen, con personas o entidades independientes, domiciliadas o ubicadas en el exterior, operaciones de exportación e importación de bienes que no superen los $ 500.000 en el semestre. Quienes estén comprendidos en dicha situación podrán presentar una nota, en sustitución del programa aplicativo y del formulario 741 -dispuesto por la RG (AFIP) 1122-. Asimismo, los sujetos que hayan efectuado en el semestre que se informa operaciones de exportación e importación que en su conjunto sumen un importe superior a $ 500.000 e inferior a $ 5.000.000, podrán presentar el soporte magnético con el respectivo formulario 741 sin informar el precio mayorista. Dichos sujetos deberán presentar, además, una nota indicando que las operaciones declaradas no merecieron ajustes.

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