17/08/2005

IMPUESTO AL VALOR AGREGADO RESOLUCIÓN GENERAL Nº 1.927/2005 -Administración Federal de Ingresos Públicos-

Se establecen las disposiciones que deben observar los responsables inscriptos en el impuesto al valor agregado, a efectos de solicitar la acreditación y/o devolución de los créditos fiscales originados en la compra, construcción, fabricación, elaboración o importación definitiva de bienes de capital, conforme lo previsto en el artículo 5º de la Ley Nº 25.988 y normas reglamentarias.

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  • 440-Az-BO-ResGral1927-Impuestos-17-08-05.pdf Descargar