30/08/2007

IMPUESTO AL VALOR AGREGADO REGÍMENES DE RETENCIÓN RESOLUCIÓN GENERAL Nº 2.297/2007 -Administración Federal de Ingresos Públicos-

Se establece que las nuevas disposiciones (dispuestas por la Resolución General Nº 2.211) que precisan la forma y oportunidad en que corresponde practicar la retención del impuesto, para operaciones que se cancelen a través de la emisión de documentos, pagarés, letras de cambio o cheques de pago diferido, resultan de aplicación para los pagos que se efectúen a partir del 01/11/2007, inclusive.

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  • 546-Az-BO-ResGral2297-RegimenesRetencion-30-08-07.pdf Descargar