IMPUESTO AL VALOR AGREGADO
OPERACIONES CANCELADAS MEDIANTE LA EMISIÓN DE DOCUMENTOS
RESOLUCIÓN GENERAL Nº 2.268/2007
-Administración Federal de Ingresos Públicos-
Se establece que las nuevas disposiciones, dispuestas por la Resolución General Nº 2.211, que precisan la forma y oportunidad en que corresponde practicar la retención del impuesto para operaciones que se cancelen a través de la emisión de documentos -pagarés, letras de cambio o cheques de pago diferido-, resultan de aplicación para los pagos que se efectúen a partir del día 1/9/2007, inclusive.