IMPUESTO AL VALOR AGREGADO
CRÉDITOS IMPOSITIVOS
RESOLUCIÓN GENERAL Nº 2.077/2006
-Administración Federal de Ingresos Públicos-
Mediante la Resolución General Nº 1.466 se establecieron los requisitos, plazos y condiciones para efectuar la transferencia a terceros de saldos a favor de libre disponibilidad del impuesto al valor agregado. Ahora se establece el período por el cual dichos saldos, devengarán intereses a favor del peticionante; también se procede a los fines de optimizar los procesos informáticos a sustituir el programa aplicativo a ser utilizado por los contribuyentes y/o responsables.