15/06/2007

IMPUESTO AL VALOR AGREGADO COMERCIALIZACIÓN DE GRANOS - RG 1.394 RESOLUCIÓN GENERAL Nº 2.266/2007 -Administración Federal de Ingresos Públicos-

Se sustituye el régimen de retención del IVA, aplicable a la comercialización de granos no destinados a la siembra -cereales y oleaginosos-, legumbres secas -porotos, arvejas y lentejas. Entre las principales modificaciones señalamos: Cuando por el tipo de operación no fuera posible practicar la totalidad de la retención, se deberá incluir una leyenda en los comprobantes respaldatorios, y las citadas operaciones serán informadas en el SICORE incluyendo una marca en el campo "imposibilidad de retención" de la pantalla "detalle de retenciones". Los agentes de retención no podrán acreditarse los importes correspondientes a los pagos que hubieran efectuado en concepto de devoluciones por retenciones en exceso, para que les sean compensados por el sistema con otras obligaciones del mismo impuesto. La inclusión en el "Registro" será publicada en la web de la AFIP, en reemplazo de la publicación en el Boletín Oficial, sin embargo la denegatoria de inclusión será notificada conforme a lo dispuesto por el artículo 100 de la ley de procedimiento fiscal. Se modifica la forma de acreditación de incorporación al Registro y las obligaciones que deben cumplir los agentes de retención para verificar la incorporación en el mismo. Se establece la posibilidad por parte del Fisco de suspender transitoriamente la inscripción en el registro de los responsables, a tal efecto se establecen alícuotas de retención diferenciales aplicables en dichos supuestos. Asimismo se establece la posibilidad de solicitar el reintegro parcial de las retenciones sufridas durante el período de suspensión en el "Registro". Se modifica la forma de calcular el monto a reintegrar en concepto de reintegro sistemático del impuesto. Por último, señalamos que las presentes disposiciones resultan de aplicación para las operaciones y sus respectivos pagos que se realicen a partir del 2/7/2007. SOCACOPCBA: Próximamente el staff de nuestra institución publicará un compendio ampliado sobre éstas reformas y sus consecuencias.

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  • 535-Az-BO-ResGral2266-ImpalValorAgregado-15-06-07.pdf Descargar