IMPUESTO A LOS COMBUSTIBLES
ADECUAN DETERMINACIÓN DEL GRAVAMEN Y ANTICIPOS
Res. GRAL N° 1.565 / 2.003
(AFIP )
A raíz de la reforma introducida a la ley del gravamen por la Ley 25.745, estableciendo un nuevo procedimiento para la liquidación del mismo la AFIP por RG 1.565, dispuso el procedimiento que deberán observar los contribuyentes del Impuesto sobre los Combustibles Líquidos y el Gas Natural, para la determinación del gravamen y para la liquidación de los anticipos correspondientes, cuyos vencimientos operen a partir de septiembre y de octubre de 2003, respectivamente. El mismo será aplicable hasta tanto el organismo apruebe el programa aplicativo respectivo, receptando las modificaciones introducidas.