07/09/2005

IMPUESTO A LAS GANANCIAS TRANSACCIONES INTERNACIONALES PRECIOS DE TRANSFERENCIA RESOLUCIÓN GENERAL Nº 1.936/2005 -Administración Federal de Ingresos Públicos-

Mediante la Resolución General Nº 1.918/05 se estableció la información a suministrar por los sujetos que realicen operaciones de exportación e importación, por un monto anual superior a la suma de un millón de pesos conforme a lo previsto en el Artículo 8º de la Ley de Impuesto a las Ganancias, fijándose las fechas hasta las cuales los contribuyentes y/o responsables, debían efectuar la remisión vía Internet del archivo magnético que contiene la información del formulario de declaración jurada F. 867. Ahora por la presente Resolución General se extiende del 7 al 11 de noviembre de 2005 (según el número de CUIT del responsable) el plazo para remitir a la AFIP a través de Internet la información correspondiente al F. 867 por los ejercicios fiscales cerrados entre el 22/10/2004 y el 31/5/2005.

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  • 443-Az-BO-ResGral1936-Impuestos-07-09-05.pdf Descargar