Impuesto a las Ganancias - Resolución General Nº 4.433/2019
Síntesis: Se adecúa el procedimiento a los fines de la determinación e ingreso del Impuesto a las Ganancias que recae sobre las erogaciones que carezcan de documentación o encuadren como apócrifas, conforme lo establecido en el Artículo 37 de la Ley de Impuesto a las Ganancias. Efectos Sobre el Acopio: De Interés General. Normas Relacionadas: Ley de Impuesto a las Ganancias, Resolución General Nº 893.
Descargar documentos
Impuesto a las Ganancias - Resolución General Nº 4.433/2019
Descargar