IMPUESTO A LAS GANANCIAS
RENTAS DEL TRABAJO PERSONAL
RESOLUCIÓN GENERAL Nº 2.242/2007
-Administración Federal de Ingresos Públicos-
Se extiende a la declaración jurada de SICORE del mes de marzo de cada año, el plazo previsto para que los agentes de retención del impuesto, informen a través de la misma, el detalle de beneficiarios a los que no se les hubiera practicado la retención total del gravamen.
Con relación al importe de ganancias brutas anuales superiores a $ 144.000, que obligan a los sujetos que las obtienen a informar al Fisco el total de ingresos, gastos, deducciones admitidas y retenciones se establece que se encuentran comprendidas en el citado importe las rentas exentas del impuesto a las ganancias.