IMPUESTO A LAS GANANCIAS
RENTAS DEL TRABAJO PERSONAL
NOTA EXTERNA Nº 8/2008
-Administración Federal de Ingresos Públicos-
La Administración Federal de Ingresos Públicos aclara que las deducciones personales a tener en cuenta por las remuneraciones que se abonen en el mes de Septiembre de 2008, a partir del día 12/09/2008, fecha de entrada en vigencia de la Resolución General 2.490, podrán ser calculadas en base a los nuevos valores dispuestos por el Decreto Nº 1.426/2008.