28/12/2004

IMPUESTO A LAS GANANCIAS RENTAS DEL TRABAJO PERSONAL EN RELACIÓN DE DEPENDENCIA, JUBILACIONES, PENSIONES Y OTRAS RENTAS. RETENCIONES RESOLUCIÓN GENERAL Nº 1.797/04 -Administración Federal de Ingresos Públicos-

Por la presente Resolución General se modifica la Resolución General Nº 1.756 por la cual se estableció el régimen de retención del impuesto a las ganancias, aplicable sobre las rentas del trabajo personal en relación de dependencia, jubilaciones y pensiones y otras rentas, disponiéndose por medio de la Resolución General Nº 1.797/04 que las retenciones del Impuesto a las Ganancias que corresponden practicarse en el mes de diciembre de 2004, conforme al régimen de retención que establece la Resolución General Nº 1.261, sus modificatorias y complementarias, se efectivizarán, informarán e ingresarán con los pagos que se realicen durante enero, febrero, marzo y abril de 2005, respectivamente y el remanente no retenido, integrará el monto que resulte de la liquidación anual que debe practicarse. También se establece que las personas físicas alcanzadas por las disposiciones de la Resolución General Nº 975 y sus complementarias, que a su vez perciban ganancias sujetas al régimen de retención establecido por la Resolución General Nº 1.261, sus modificatorias y complementarias, deberán presentar la declaración jurada determinativa del impuesto a las ganancias correspondiente al período fiscal 2004, hasta el día 10 de junio de 2005, inclusive.

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  • 407-Az-BO-ResGral1797-ImpalasGananc-28-12-04.pdf Descargar