05/05/2006

IMPUESTO A LAS GANANCIAS PROGRAMA APLICATIVO RESOLUCIÓN GENERAL Nº 2.047/2006 -Administración Federal de Ingresos Públicos-

Por medio de la presente Resolución General la Administración Federal de Ingresos Públicos establece que los contribuyentes y responsables comprendidos en las disposiciones de la Resolución General Nº 2.020, con ejercicios comerciales cerrados en los meses de Diciembre de 2005, Enero de 2006 y Febrero de 2006, a efectos de cumplir con las obligaciones de determinación e ingreso del impuesto a las ganancias, podrán optar (con carácter de excepción), por utilizar en sustitución del programa "GANANCIAS PERSONAS JURIDICAS - Versión 7.0", el programa aplicativo denominado "GANANCIAS SOCIEDADES - Versión 6.0". Las obligaciones de presentación de la declaración jurada y, en su caso de pago del saldo de impuesto resultante, se deberán cumplir hasta las fechas de vencimiento general previstas para los meses de Mayo, Junio y Julio de 2006, respectivamente, en la Resolución General Nº 1.985 y su modificatoria. Cuando corresponda efectuar la presentación de una declaración jurada rectificativa, la misma se confeccionará utilizando el programa aplicativo "GANANCIAS SOCIEDADES - Versión 6.0". El mencionado programa estará disponible a partir del día 31 de mayo de 2006, inclusive.

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  • 477-Az-BO-ResGral2047-Impuestos-05-05-06.pdf Descargar