Síntesis: Por medio del presente Decreto se extiende el plazo en el que las personas humanas, las sucesiones indivisas y los sujetos comprendidos en el Artículo 49 de la Ley de Impuesto a las Ganancias, residentes en el país, podrán ejercer la opción de revalúo impositivo y el ingreso del impuesto especial. Efectos Sobre el Acopio: De Interés General. Normas Relacionadas: Ley Nº 27.430, Decretos Nº 353/2018 y Decreto Nº 613/2018.
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Impuesto a las Ganancias - Decreto Nº 143/2019
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