19/11/2002

DTO N° 2.317 / 02 - MORATORIA Y MINI-MORATORIA. POSIBILIDADES DE REHABILITACIÓN

Tal como había anunciado el Ministro Lavagna tiempo atrás el PEN dictó el Decreto 2.317/02 con el fin de poder rehabilitar planes de facilidades de pago técnicamente caducos, que responden a las presentaciones realizadas al amparo de los Decretos 1.384/01 y 338/02. Se establece que las condiciones de decaimiento no se aplicarán a aquellos planes cuya caducidad opere hasta noviembre, mes de publicación del presente decreto, siempre y cuando las cuotas o mensualidades vencidas se ingresen con los intereses resarcitorios y punitorios que correspondan, en la forma, plazo y requisitos que disponga la AFIP. Asimismo no procederán las acciones respectivas, relativas a las ejecuciones fiscales incoadas, en tanto dichas obligaciones se regularicen y el contribuyente se haga cargo de las costas. Del mismo modo las cuotas o mensualidades vencidas e impagas que no hayan generado caducidad podrán regularizarse en los términos del presente Decreto. Dto. 2.317/02 -

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