18/07/2002

Convenio Multilateral: Se habilita la competencia de la Comisión Federal de Impuestos por denuncias Res. Interpretativa N° 30/2002.-

Se interpreta que la Comisión Federal de Impuestos deberá habilitarse la competencia toda vez que se trate de una denuncia por vicios en el procedimiento y/o agravios a las normas del debido proceso legal administrativo. y/o de la misma ley del convenio , supuestamente ocurrida durante la tramitación de un asunto en sede de los órganos de contralor del Convenio Multilateral.

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  • 279-Az-BO-ley23548-ComisionFederalImpuestos-18-07-02.pdf Descargar