COMBUSTIBLES LÍQUIDOS
SE PROMULGA SU REFORMA
LEY N° 25.745
En el día de la fecha se ha dado a conocer oficialmente la promulgación del PEN de la Ley 25.745, que modifica la Ley 23.966 reguladora del Impuesto sobre los Combustibles Líquidos y el Gas Natural, con observaciones. A través de la citada Ley el Congreso, cumpliendo una de las exigencias del mini acuerdo con el FMI, transformó el gravamen citado de suma fija a un tributo ad valorem. Es decir, en adelante se aplicara una alícuota proporcional que acompañara las variaciones del precio de las naftas y otros combustibles alcanzados. Una de las observaciones del Ejecutivo se relaciona con la base imponible del solvente y el aguarrás, que debe considerar el valor de la nafta sin plomo de más de 92 RON, la que en el mercado tiene un valor menor que los componentes citados, lo que acarrearía un efecto negativo en la recaudación. Otra observación se relaciona con valores de referencia mínimos a suministrar por la AFIP, sobre la base de precios promedios, entendiendo el PEN que la aplicación referencial de los mismos frente a una reducción de los precios originaría una base imponible mayor. Asimismo se observó la gravabilidad del combustible sobre la base de los valores del mercado interno, en el caso que el importador, que tributó el impuesto sobre el valor definido para el pago de derechos de importación, consuma el producto importado.