10/09/2003

COMBUSTIBLES LÍQUIDOS DISTRIBUIDORAS DE GAS NATURAL PROCEDIMIENTO DE LIQUIDACIÓN TRANSITORIO Res. GRAL N° 1.559 /03 (AFIP )

Atento la reforma legal del Impuesto sobre los Combustibles Líquidos, que modificó la determinación del gravamen aplicando una alícuota sobre el precio de venta al consumidor, la AFIP reguló por Resolución General 1559 un procedimiento transitorio de liquidación e ingreso del impuesto para las distribuidoras de gas natural por redes para uso como combustible en automotores. El mismo opera para la confección de las declaraciones juradas correspondientes a agosto 2003 y siguientes hasta tanto la AFIP apruebe un programa aplicativo que contemple la nueva modalidad de liquidación.

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  • 339-Az-BO-resgral1559-ImpCombustible-10-09-03.pdf Descargar