30/03/2005

CANCELACIÓN DE OBLIGACIONES IMPOSITIVAS RECURSOS DE LA SEGURIDAD SOCIAL Y DEUDAS ADUANERAS RESOLUCIÓN GENERAL Nº 1.856/2005 -Administración Federal de Ingresos Públicos-

Mediante la Resolución General Nº 1.856 se posterga la vigencia del RAFA extendido, a partir del 1º de abril, implementando un régimen único de financiación de las deudas impositivas, de los recursos de la seguridad social y aduaneras, materializado a través de pagos parciales. Podrán incluirse las obligaciones líquidas y exigibles vencidas hasta el 31/10/04, sin que implique reducción de intereses ni liberación de sanciones. A tales efectos se disponen los requisitos, condiciones y formalidades a cumplir en función de la cantidad de pagos parciales que se soliciten y la modalidad de ingreso de los mismos. Los grandes contribuyentes contarán con un plazo de hasta 96 pagos parciales para cancelar sus deudas, en tanto las PyMES lo podrán hacer en 120 pagos parciales. No hay modificaciones en materia de intereses. La adhesión al régimen vence el 30 de junio de 2005.

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