AFIP - Facilidades de pago: Información de saldos técnicos - Res. Gral. - AFIP - N° 1.312 -
Los contribuyentes alcanzados por los beneficios establecidos por el Dto. N° 1384 /01 y que han realizados compensaciones con el saldo Técnico prevista en el Título II del mencionado Decreto y no han cumplido con la presentación establecida en la Res. Gral N° 1258. Deberán generar , a partir del 01/08/2002 , inclusive, el formulario F 264 y la información del soporte magnético que resulta de la utilización de un programa aplicativo próximo a difundirse en la Webb de la AFIP.